Tu coche eléctrico; ayudas y ventajas para la compra
El Gobierno de España ha aprobado una deducción del 15% (hasta 3.000 euros) para la adquisición de vehículos eléctricos nuevos. Dicha deducción podrá ser restada directamente en la cuota íntegra estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que realizamos cada año. Una medida va dirigida a particulares que hagan un uso personal del vehículo, y que hayan adquirido el mismo entre julio de 2023 y diciembre de 2024. Te lo contamos todo para que ahorres en la compra de tu coche eléctrico. ¡Sigue leyendo!
¿Qué tipos de vehículos eléctricos puedo comprar con la deducción del IRPF?
El vehículo eléctrico de cuya compra queremos beneficiarnos debe pertenecer a alguna de las categorías de Turismos M1, Cuadriciclos Pesados L7e, Cuadriciclos Ligeros L6e y Motocicletas L3e, L4e y L5e.
Aunque en principio el vehículo debe ser exclusivamente eléctrico, se aceptan los turismos con distintivo ambiental de la DGT de tipo 0 (azul), esto es:
- eléctricos de batería BEV.
- eléctricos de autonomía extendida EREV.
- híbridos enchufables PHEV con más de 40 km de autonomía homologada.
- eléctricos de pila de combustible FCEV.
Por su parte, los cuadriciclos pesados y ligeros, así como las motos de más de 50 cm3, tendrán que estar propulsados exclusivamente por electricidad, y estar homologados como vehículos eléctricos.
En cualquier caso, el modelo de vehículo que escojamos debe aparecer en la Base de Vehículos del IDAE (2).
¿Cuál es la cantidad que me puedo deducir al comprar un coche eléctrico?
Según explica la Agencia Tributaria (3), la cantidad que nos podremos deducir en el IRPF es el 15% del valor de adquisición de un único vehículo eléctrico (no es aplicable a posteriores compras). Este valor de adquisición no supone únicamente el precio de compra, sino que debemos incluir todos los gastos e impuestos asociados a la misma. Debemos excluir, eso sí, cualquier otra cuantía que haya sido subvencionada (o vaya a serlo posteriormente) procedente de programas de ayudas públicas.
La base máxima de la deducción, esto es, la cifra máxima sobre la que podremos aplicar la deducción es de 20.000 euros. En la práctica, cualquier automóvil elegible para la ayuda supera esa cifra (no así necesariamente los cuadriciclos y motos), por lo que estamos hablando de una deducción de 3.000 euros. No recibiremos el ingreso monetario como tal, aunque sí nos podrá salir a devolver en la declaración de la renta.
¿Cuáles son los requisitos para la deducción del IRPF por compra de coches eléctricos?
Existen muchos matices para poder beneficiarnos de la deducción. Para ello, vamos a repasar los requisitos que especifica la Agencia Tributaria y tratar de explicarlos.
Fecha de matriculación del vehículo adquirido
La Agencia Tributaria dice: “Deberán estar matriculados por primera vez en España antes de 31 de diciembre de 2024 en el caso de adquisición, o antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de la cantidad a cuenta”.
Esto quiere decir que el vehículo debe ser nuevo, excluyéndose así la compra de coches eléctricos de segunda mano. También especifica que deben ser matriculados por primera vez en España, lo que significaría que también quedan excluidos los vehículos comprados en el extranjero si son matriculados en su país de origen.
Como matiz adicional, hay que decir que el nuevo vehículo debe estar matriculado a nuestro nombre si queremos beneficiarnos nosotros de la deducción.
Uso que se le va a dar al vehículo
A este respecto, la Agencia Tributaria explica: “Puedes aplicar la deducción por la compra de un único vehículo eléctrico nuevo siempre que lo destines a tu uso particular (…) No puedes adquirir el vehículo para afectarlo a la actividad económica que desarrolles”.
De esta forma, queda claro que la deducción solo es aplicable a la adquisición de un único vehículo por parte de un particular (no empresa), que debe además destinarlo en exclusiva a uso personal y no para actividad económica. En caso de que tengamos la tentación de asociarlo a nuestra actividad profesional posteriormente, Hacienda avisa de que perderemos las deducciones practicadas.
Precio máximo del vehículo eléctrico
El BOE también establece como requisito el precio del vehículo a comprar, que “no podrá superar el importe máximo establecido, en su caso, para cada tipo de vehículo en el Anexo III del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril”. Se refiere a los precios máximos establecidos en su momento para el plan MOVES III, y que consultando la tabla (4) de dicho documento son los siguientes:
- Turismos M1 de tipo PHEV, EREV, BEV: 45.000€
- Turismos M1 de tipo BEV de 8/9 plazas: 53.000€
- Motos L3e, L4e, L5e de tipo BEV: 10.000€
¿Cuál es el plazo para la deducción por compra de de coches eléctricos?
En cuanto a los plazos que tenemos para adquirir el vehículo eléctrico y aplicar la deducción, la Agencia Tributaria lo explica ampliamente (5). Pero resumiendo, tenemos las fechas entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024 como periodo para realizar el pago. En todo caso, caben dos posibilidades:
A) Compro el vehículo en ese periodo, pudiendo aplicar la deducción en el periodo impositivo en el que lo matriculo. En este caso, no es necesario pagarlo al 100% y podemos incluir aquí la compra a plazos con financiera.
B) Realizo pagos en ese periodo de al menos el 25%, para comprar el coche posteriormente, teniendo que pagar el resto en los dos años siguientes (hasta 31/12/2025 si adelanto en 2023, hasta 31/12/2026 si adelanto en 2024). En este caso, aplicaré la deducción en el periodo impositivo en que adelanto ese 25%.
¿Puedo deducirme el 15% de la instalación del punto de carga?
La respuesta es que sí, puedo deducirme también en el IRPF un 15% del coste de instalación del punto de carga. Este coste podrá incluir el equipamiento y los posibles materiales necesarios, el coste de las obras para su instalación y la tarifa de los técnicos instaladores. En todo caso, la base máxima es de 4.000 euros, es decir la deducción máxima será de 600 euros en la cuota estatal.
Los requisitos para beneficiarse de esta deducción son similares a los de la adquisición de un vehículo eléctrico:
- El punto de carga debe ser para uso personal, y no estar vinculado a una actividad económica.
- Deberá realizarse en un inmueble propiedad del contribuyente beneficiario.
- La instalación debe realizarse entre el 30/06/2023 y el 31/12/2024.
- El pago bajo ningún concepto debe realizarse en metálico.
Consulta a nuestros asesores cómo pueden ayudarte para beneficiarte de las ventajas de comprar un vehículo eléctrico y cuánto puedes ahorrar dando el salto a l amovilidad eléctrica.
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